{"id":17551,"date":"2026-07-21T12:16:46","date_gmt":"2026-07-21T18:16:46","guid":{"rendered":"https:\/\/agendapro.com\/blog\/?p=17551"},"modified":"2026-07-21T12:17:57","modified_gmt":"2026-07-21T18:17:57","slug":"reforma-de-salud","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agendapro.com\/blog\/reforma-de-salud\/","title":{"rendered":"Reforma de Salud 2026 y COFEPRIS: qu\u00e9 significa para tu telemedicina"},"content":{"rendered":"\n
La reforma de salud 2026<\/strong> cambi\u00f3 las reglas del juego para quienes ofrecen consultas a distancia en M\u00e9xico. Si tu cl\u00ednica, consultorio o pr\u00e1ctica privada usa telemedicina<\/a>, ya no se trata de una opci\u00f3n tecnol\u00f3gica c\u00f3moda, sino de una actividad que ahora est\u00e1 bajo la lupa directa de COFEPRIS<\/a>.<\/p>\n\n\n\n Desde el 16 de enero de 2026 entr\u00f3 en vigor el decreto que reforma la Ley General de Salud,<\/strong> y trajo consigo un cambio de fondo: la salud digital dej\u00f3 de ser un tema opcional para convertirse en materia de salubridad general. Esto significa nuevas obligaciones, nuevas facultades de supervisi\u00f3n y, todav\u00eda, algunas normas pendientes de actualizar.<\/p>\n\n\n\n En este art\u00edculo te explicamos qu\u00e9 cambi\u00f3 exactamente, qu\u00e9 facultades gan\u00f3 COFEPRIS, qu\u00e9 vac\u00edos normativos siguen abiertos y qu\u00e9 puedes revisar hoy mismo en tu pr\u00e1ctica para no quedar expuesto.<\/p>\n\n\n\n El 15 de enero de 2026 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud. La reforma modific\u00f3 m\u00e1s de 100 art\u00edculos y estableci\u00f3 un nuevo paradigma regulatorio en materia sanitaria, con la salud digital como uno de sus ejes centrales.<\/p>\n\n\n\n Lo m\u00e1s relevante para quienes practican telemedicina es esto: la reforma define legalmente conceptos como telesalud, telemedicina y salud m\u00f3vil, y establece que la atenci\u00f3n a distancia tiene la misma validez legal que una consulta presencial. Antes, la telemedicina operaba en un terreno normativo ambiguo; hoy es una modalidad reconocida y regulada.<\/strong><\/p>\n\n\n\n Esto no es un cambio menor. Un estudio de la Fundaci\u00f3n Mexicana para la Salud (Funsalud<\/a>) revel\u00f3 que, ya en 2024, el 45% de los m\u00e9dicos en M\u00e9xico ofrec\u00eda consultas virtuales, con la psiquiatr\u00eda como la especialidad l\u00edder (94% de teleconsultas) <\/strong>y mayor adopci\u00f3n en el sector privado o mixto (47%) frente al sector p\u00fablico. La reforma llega, en cierto sentido, a poner reglas claras a una pr\u00e1ctica que ya era masiva.<\/p>\n\n\n La reforma no solo reconoce la telemedicina: tambi\u00e9n ampl\u00eda significativamente lo que COFEPRIS puede supervisar y c\u00f3mo puede hacerlo.<\/p>\n\n\n\n Antes, una verificaci\u00f3n sanitaria implicaba una visita f\u00edsica al consultorio. Con la reforma, COFEPRIS puede realizar visitas de verificaci\u00f3n por cualquier medio electr\u00f3nico,<\/strong> revisando remotamente el cumplimiento de la ley en materia de telemedicina y registros digitales. Tu pr\u00e1ctica puede ser auditada sin que un inspector pise tu consultorio.<\/p>\n\n\n\n La reforma exige que la digitalizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n<\/a> facilite el intercambio seguro de datos entre profesionales, para dar continuidad a la atenci\u00f3n del paciente. Esto convierte la interoperabilidad de tus sistemas en un punto que la autoridad puede revisar, no solo en una buena pr\u00e1ctica interna.<\/p>\n\n\n\n\u00bfQu\u00e9 cambi\u00f3 con la reforma a la Ley General de Salud?<\/h2>\n\n\n\n
<\/figure>\n<\/div>\n\n\nNuevas facultades de COFEPRIS<\/h3>\n\n\n\n
Inspecciones electr\u00f3nicas (art\u00edculo 396)<\/h4>\n\n\n\n
Supervisi\u00f3n de expedientes cl\u00ednicos electr\u00f3nicos<\/h4>\n\n\n\n